Prestaciones por incapacidad permanente e IPC

Las prestaciones por incapacidad permanente se revalorizan cada año en función del IPC. Al menos hasta este año era así. Sin embargo, desde hace algunos meses la tijera del Gobierno de Mariano Rajoy sobrevuela sobre las pensiones y, por extensión, sobre las prestaciones por incapacidad permanente. Desde que el debate sobre la revalorización de las … Leer más

Prestaciones por incapacidad permanente: Grados de invalidez y sus definiciones

Las prestaciones por incapacidad permanente varían en función de los gradaos de invalidez. Estos vienen estipulados y definidos en el artículo 137 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. En esta entrada nos vamos a ocupar de … Leer más

Pensiones por incapacidad permanente y por invalidez, en sus diferentes modalidades

Incapacidad Permanente e Invalidez: Pensiones

Según estemos en condición de recibir una pensión contributiva o una no contributiva, nos encontraremos en cada caso con diferentes tipos de prestaciones. Así, si dadas nuestras circunstancias estamos en condiciones de percibir una pensión contributiva, nos encontraremos con pensiones por jubilación, en sus diferentes modalidades; por fallecimiento (pensiones por viudedad y orfandad y pensiones para otros familiares) y por incapacidad permanente. Si, por otra parte, estamos en condiciones de recibir una pensión no contributiva, entonces las pensiones con las que nos encontramos son la correspondiente a la jubilación y la de invalidez. A continuación nos centraremos en los casos correspondientes a la modalidad contributiva y a la no contributiva. Concretamente, para la modalidad contributiva nos centraremos únicamente en las prestaciones por incapacidad permanente, sin entrar en las distintos tipos que caen bajo esta categoría. Por lo que respecta a la modalidad no contributiva, nos centraremos en la pensión por invalidez.

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De la incapacidad temporal a la incapacidad permanente: la doctrina legal sobre los plazos

Según queda redactado el apartado 1 del artículo 128 de la Ley General de la Seguridad Social, en la Ley 4/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de la Seguridad Social, si usted está recibiendo una prestación por incapacidad temporal, tiene derecho a ella durante un plazo de 12 meses, pudiendo prorrogarse durante seis meses más, si en ese plazo no ha sido calificado dentro de alguna de las categorías de incapacidad permanente.  Y es que para caer dentro de alguna de estas categorías primero hemos de haber pasado por la incapacidad temporal. No obstante, ocurre en ocasiones que pasados estos 18 meses (12 meses + 6 de prórroga), la situación del depositario de la prestación no ha variado, esto es, que no se ha producido la calificación a efectos de la denegación o reconocimiento de la incapacidad permanente. En estos casos es probable que el Instituto Nacional de la Seguridad Social considere que no tenemos derecho a recibir la prestación

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David versus Golliat: sobre querellarse contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social

Querellarse contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social La Seguridad Social es bastante dura. De forma habitual, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) intentará no pagarnos la pensión a la que tenemos derecho por nuestro grado de incapacidad. Se negará a ello, aunque las pruebas que presentemos sean más que evidentes. Al … Leer más

Sobre el periodo mínimo de cotización para recibir una pensión por incapacidad permanente

Pensión por incapacidad permamente A la hora de calcular la pensión que nos corresponde en casos de incapacidad permanente, tendremos que consultar lo que dice la legislación, ya que en función de determinadas circunstancias, esto variará. Así, dependiendo de factores tales como la edad del sujeto, de nuestra situación laboral, del tipo de incapacidad, etc. … Leer más

La Seguridad Social demandada por negar una pensión por incapacidad

Para conseguir la calificación de Invalidez Permanente por la Seguridad Social tendremos que iniciar un proceso que generalmente nos llevará a la denegación de nuestra petición, para posteriormente resolverla por vía judicial. Es así de triste, pero es la realidad. No hay que desesperarse, ya que podremos solicitar los servicios de nuestros abogados de incapacidades para conseguir la merecida jubilación por incapacidad permanente. En un litigio contra la Seguridad Social no tendremos por qué asustarnos de esta gigante institución, la existencia de jurisprudencia pone de manifiesto que si el o la demandante está en condiciones de recibir una pensión por invalidez, el juez de lo social fallará en nuestro favor, suponiendo que nuestros abogados de incapacidades son competentes.

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Aspectos específicos de las pensiones por incapacidad para los trabajadores agrarios por cuenta ajena

El 1 de enero del 2012 entró en vigor la Ley 28/2011 de 22 de septiembre. Para no perdernos demasiado en ella, teniendo en cuenta el tema específico que vamos a tratar aquí y que viene indicado en el título de este artículo, baste decir que, tal y como se dice en el preámbulo de la misma, esta ley está pensada para «la integraciónen el Régimen General de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, así como de los empresarios a los que prestan sus servicios», citando textualmente uno de sus dos objetivos. Según el segundo, también tiene como meta aumentar las garantías de empleo y las coberturas, para los trabajadores de este sector, a través de «la creación de un Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios».

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